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¿EN QUE CONSISTE LA NUEVA FORMACION DEL CAP PARA CONDUCTORES?
La nueva formacion tiene una doble vertiente, por un lado, se establece la necesidad de una cualificacion inicial que mediante el correspondiente Certificado de Aptitud Profesional (CAP), supone que quien lo posee ha superado un curso, y el correspondiente examen, lo que acredita, junto con el permiso de conducir, su aptitud profesional.
Por otro lado, se determina la necesidad de una formacion continua que tiene por finalidad profundizar y revisar los conocimientos adquiridos con la obtencion del Certificado de Aptitud Profesional acreditativo de la cualificacion inicial y supone mantener actualizados los conocimientos esenciales inicialmente exigidos para la realizacion de su funcion, haciendo especial hincapie, en la seguridad y la racionalizacion del consumo de carburante.
- CUALIFICACION INICIAL: Curso 280 o 140h + Examen
- FORMACION CONTINUA: Curso de 35h.
¿Que es la formacion continua?
Consiste en la actualizacion de los conocimientos esenciales del conductor para el ejercicio de su funcion. Para ello el conductor debera realizar un curso con una duracion minima de 35 horas, que debera repetir cada 5 años.
Este curso se puede realizar en varios periodos discontinuos, siempre que se efectue en un mismo centro autorizado y dentro de un mismo año natural. La duracion minima de cada periodo discontinuo no puede ser inferior a 7 horas.
¿Cual es el contenido del curso de Formacion Continua?
La formacion continua debera hacer especial hincapie en la seguridad en carretera y la racionalizacion del consumo de carburante. El programa minimo de los cursos de Formacion Continua es el siguiente:
Modulo 1: Formacion Avanzada sobre Conduccion Racional basada en las normas de Seguridad(8 horas)
Modulo 2: Aplicacion de la Reglamentacion (5 horas)
Modulo 3: Salud, Seguridad Vial y Medioambiental, Servicio, Logistica (22 horas)
¿Cuando se tiene que realizar la Formacion Continua?
Los conductores con permiso de conduccion D1, D1+E, D o D+E, obtenido antes del 11 de septiembre de 2008 cuyo carnet de conducir termina en los siguientes numeros deberan realizarlo:
1 o 2- antes de 10 septiembre de 2011
3 o 4- antes de 10 septiembre de 2012
5 o 6- antes de 10 septiembre de 2013
7 u 8- antes de 10 septiembre de 2014
9 o 0- antes de 10 septiembre de 2015
Los conductores con permiso de conduccion C1, C1+E, C o C+E, obtenido antes del 11 de septiembre de 2009 cuyo carnet de conducir termina en los siguientes numeros deberan realizarlo:
1 o 2- antes de 10 septiembre de 2012
3 o 4- antes de 10 septiembre de 2013
5 o 6- antes de 10 septiembre de 2014
7 u 8- antes de 10 septiembre de 2015
9 o 0- antes de 10 septiembre de 2016
En todo caso, una vez que el conductor ha realizado el primer curso de formacion continua, debera repetir nuevamente otro curso de formacion continua, antes de que transcurran 5 años desde la fecha de finalizacion del primero.
¿Debo realizar una formacion continua para mercancias y otra para viajeros?
Los conductores que hayan completado cursos de formacion continua para una de las categorias de permisos (mercancias o viajeros), estaran dispensados de seguir una formacion continua para la otra categoria de permisos de conduccion.
¿Quienes tienen que realizar la formacion continua?
La formacion continua es obligatoria para aquellos conductores que estan en posesion de permisos de conduccion de las categorias C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E
Se encuentran exentos de realizar el curso los conductores de los siguientes vehiculos:
- Aquellos cuya velocidad maxima autorizada no supere los 45km por hora.
- Los que se utilicen por los servicios de las Fuerzas Armadas, la proteccion civil, los bomberos y los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, o bajo el control de las mencionadas fuerzas y organismos.
- Los que esten siendo sometidos a pruebas en carretera para fines de mejora tecnica, reparacion o mantenimiento, o bien sean nuevos o transformados y aun no se hayan puesto en circulacion.
- Los utilizados en situaciones de emergencia o que se encuentren destinados a misiones de salvamentos.
- Los utilizados en las clases practicas destinadas a la obtencion del permiso de conduccion o del certificado de aptitud profesional.
- Los utilizados para realizar transporte privado particular de viajeros o mercancias.
- Los que transporten material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesion, siempre que la conduccion del vehiculo no represente la actividad principal de dicho conductor.
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